Políticas de prevención del fraude
Lee atentamente las políticas de privacidad del uso del sitio web de Soto Grupo Asesor y sus servicios.
La honestidad y la ética como pilar
Soto Grupo Asesor desarrolla sus actividades dando estricto cumplimiento a todas las leyes y demás normativas aplicables, siendo pilares de su accionar la honestidad y la ética; esperando similar compromiso por parte de sus clientes. El fraude que se dirige contra el asegurador es un comportamiento malicioso y delictivo y como tal, está sujeto a sanciones legales. A su vez, representa un grave riesgo que provoca daños, tanto financieros como a la reputación de la compañía, incrementando el monto de las primas y generando altos costos sociales y económicos para la comunidad en su conjunto. El fraude contra el asegurador puede tomar un sinfín de formas, encontrándose entre las más comunes las siguientes:
Remitir información falsa o incompleta sobre los bienes a asegurar y sus características, a los efectos de facilitar su asegurabilidad y/u obtener mejores condiciones de contratación.
La variación, simulación o tergiversación de circunstancias personales, temporales, objetivas, de causalidad, de lugar, y la provocación deliberada o la simulación total o parcial del acaecimiento del siniestro.
Modificar el estado de las cosas dañadas por el siniestro ― con excepción de la obligación de salvamento en orden a que en la medida de sus posibilidades debe evitar o disminuir el agravamiento del daño ― o exagerar los daños.
Emplear pruebas falsas y/o proporcionar información complementaria falsa, a los efectos de tramitar un siniestro.
Verifique su poliza de seguros
A los efectos de poder brindarle el mejor servicio, le solicitamos revise detalladamente las condiciones de la cobertura contratada, verificando que las mismas se corresponden con sus necesidades. Así mismo, le pedimos preste atención tanto a los derechos como a las obligaciones que dicha cobertura le otorga.
En particular le recordamos que:
Las declaraciones falsas o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que de haber sido conocidas por el asegurador hubiesen impedido el contrato o modificado sus condiciones, hacen nulo el contrato.
Si bien está permitido asegurar el mismo interés y el mismo riesgo con más de un asegurador, dicha situación debe ser notificada a las distintas aseguradoras. No es lícito que la indemnización supere el monto de daño sufrido, como tampoco perseguir el cobro respecto de un siniestro que ya fue reparado por alguna otra aseguradora.
Debe formular la denuncia del acaecimiento del siniestro lo más rápidamente posible, y dentro de los plazos definidos en la póliza. Sea que la realice directamente ante la aseguradora o a través de su Productor Asesor de Seguros, solicite que le sea informado el número de siniestro por el cual tramitará internamente en la entidad.
Su cobertura puede tener limitaciones, en orden a ítems, riesgos o conceptos no cubiertos, en virtud de franquicias, en los que la prima se define acorde a distintas variables personales, del bien asegurado, de su uso y geográficas, que deben ser respetadas.
Denuncie el fraude
Si se encuentra ante un posible intento de fraude, podrá enviar una denuncia por este medio. Garantizamos la confidencialidad de su aporte.
info@sotogrupoasesor.com.ar